Ir al contenido principal

NECESIDAD DE UN PLAN DE CONTENCIÓN DE CRISIS PARA PYMES



I-El PROBLEMA

    El escenario de crisis tiene dos aspectos que se complementan y que requieren de un abordaje conjunto. El primero es sanitario, el segundo   económico. Profundizaremos nuestro enfoque sobre el segundo de los factores.

   Las pequeñas y medianas empresas que reducen su actividad o directamente paran se incrementa cada día ante el avance de la epidemia y la necesidad de cuarentena, lo que siembra un panorama desolador de posibles despidos en todos los sectores, especialmente en el turístico, gastronómico  y afines.                                              
  
      Sostiene el economista Juan Llach, que el impacto sectorial del shock es muy diverso porque depende del grado de exposición; hay empresas en situación de liquidez, pero otras no, que son  las de menor estructura. 

      Cuanto más se demoren las decisiones en materia económica, más se prolongará la agonía y la incertidumbre.  Agrava la situación el hecho de que ciertos países tampoco tienen acceso a los mercados ante la crisis de deuda que atraviesan, como es  el caso de Argentina.

   No hay eslabón del circuito económico local e internacional indemne. Para muestra consideremos la decisión de Volkswagen de suspender su producción en Europa en las próximas semanas y las consecuencias en el corte de la cadena de pagos que ello podría traer aparejado para empresas proveedoras.

    El párate absoluto con fines sanitarios de la cuarentena, puede tener un doble efecto: el deseado es que no se propague la epidemia, el no querido es la quiebra masiva de negocios y empresas dada la vulnerabilidad del entorno. En las últimas semanas las bolsas han caído entre un 30% y 40%, lo que demuestra no solo el escenario de inestabilidad mientras no haya avance para contener la pandemia, sino de incertidumbre generalizada ante el   impacto económico global que se producirá.
           
                Analistas sostienen que la pandemia puede costar solo al transporte aéreo en el 2020, unos U$S 250.000 millones.[1] ¿Cuántas son las actividades que dependen directa e indirectamente de ese sector?
           
            Estos datos preocupan a la industria y al comercio porque es evidente que la crisis sanitaria comienza a provocar problemas de solvencia para afrontar pago de deudas y salarios. A ello debe agregarse la indecisión de las autoridades en general, que al parecer ignoran que las dilaciones producen efectos perjudiciales.



Imagen: https://ww.leon7dias.com


II- MEDIDAS  DE CONTENCIÓN
 

    Se trata de un evento sin precedentes al que se enfrentan gobiernos y pymes, por eso tomar la iniciativa proporciona una ventaja crucial. Se preguntarán: ¿Cuál es el objetivo en estas circunstancias? La respuesta es asegurar la supervivencia de pequeñas empresas evitando una avalancha de quiebras que generaría altos niveles de desempleo y una contracción económica mayor a la actual. 

 Hay que evitar que  el déficit de flujo de caja sea permanente. Toda decisión debe buscar un sano equilibrio entre evitar la propagación del COVID-19 y mantener liquidez en el circuito comercial y productivo para que en su oportunidad, retome la dinámica necesaria. Si no se trabaja en medidas estatales concretas de contención y se amortigua el daño, mayor costo será   reconstituir el tejido social económico desintegrado.

La iliquidez y las crisis empresariales son sinónimos. Es un problema de dinero. Son tiempos en que las empresas buscan un tercero que tienda un puente entre la insolvencia de hoy y la solvencia de mañana.[2] Se necesita inyección de liquidez con cargo de solvencia futura, ello permitirá mantener fuentes de trabajo y  producción de bienes y servicios.

¿Qué medidas puede adoptarse para asegurar o mantener solvencia? El Estado en todos sus niveles transitoriamente debería posponer el pago de impuestos, tasas, aportes patronales y ciertos compromisos bancarios e incluso asegurar la provisión de servicios esenciales evitando su desconexión, tales como: gas, agua, luz, telefonía e internet con tal de evitar el cierre de empresas, asegurando su continuidad. Podría contemplarse además el acceso a liquidez a través de las líneas bancarias extraordinarias y postergarse por tiempo determinado, toda acción referida a desalojos y ejecuciones hipotecarias.

En esta batería de medidas también debería establecerse un consejo de expertos para estudiar reformas a la ley de concursos y quiebras. Porque siendo evidente que la quiebra es una dislocación de intereses, será importante tener una herramienta legal que permita operar en la realidad económica.

Salvar empresas se convierte en el objetivo prioritario desde lo económico, porque con ello se evitaría: caídas en los niveles de actividad, cortes en la cadena de pagos y el cierre de empresas con el consiguiente nivel de despidos. Así lo han entendido varios países quienes han adoptado diferentes medidas para evitar quiebras masivas y su efecto tan temido, el desempleo.

·         Francia ha decidido que no es momento de ahorrar en presupuestos y anuncio un paquete de medidas económicas para ayudar a las empresas. El mensaje de su presidente sintetiza el objetivo: “Ninguna empresa, no importa su tamaño, se quedara sola frente al riesgo de una quiebra”[3].

·         Alemania aprobó un contundente plan económico de excepción contra las consecuencias de la pandemia. Su ministro de Finanzas subrayo:” vamos a hacer todo lo necesario para defender a las empresas y los empleos”[4].El paquete prevé ayudas masivas a las empresas de hasta diez trabajadores, previendo que la contracción económica llegara al 5%. Para las grandes empresas se contempla una dotación presupuestaria de 822.000 millones de euros, que tiene por objeto garantizar la supervivencia y evitar que caigan en manos de inversores extranjeros. Se dispuso además de un fondo especial a través del cual el Estado podrá garantizar para aquellas empresas vinculadas al turismo o servicios que corren riesgo de quiebra, comprar sus acciones.

·         EE.UU. por su parte prepara un paquete de ayuda económica con casi 2 billones de U$S que serán destinados a estimular la economía de empresas y ciudadanos.Se pretende proporcionar inyecciones de efectivo y liquidez y estabilizar los mercados financieros mediante pagos directos a individuos y familias, préstamos para pequeñas empresas, beneficios de seguro de desempleo y préstamos para empresas con dificultades.[5]

En un escenario convulsionado, la importancia de lo intangible es sustancial, en este caso el paquete de medidas que adoptan todos los gobiernos son de difícil verificación en la realidad, pero es ahí donde el mundo define su futuro.

Toda disposición de estímulo y contención debería ser consensuada y adoptada desde el gobierno con asociaciones de empresas, bancos, cámaras empresariales y consejos profesionales. Cualquier medida aislada o unilateral sin la opinión o consejo de los actores económicos carecerán de profundidad suficiente para mitigar las dificultades económicas desatadas por la crisis sanitaria.

El uso económico de los recursos es decisivo en este escenario para abrir una brecha, disminuir incertidumbre y generar confianza. Bajo un estado de conflicto los procedimientos operativos racionalizan las actividades y las decisiones, porque todos los sectores se necesitan mutuamente: unos proponen otros ejecutan. No es momento de asegurar ganancias, sino de mantener los emprendimientos con buena dosis de esperanza e innovación.

Lo primero que se corta ante el contexto de crisis es el pago de impuestos, tasas y contribuciones, si la debacle continúa, se cierra la empresa agravando el desempleo y profundizando la disminución de la actividad comercial e industrial. No hay que llegar a eso.

Hoy aparecen en las empresas síntomas de desgaste, que de no solucionarse dará lugar a graves conflictos. Especialmente laborales, porque en breve serán mayores los egresos que los ingresos. 

El Estado tiene interés en que a las empresas del sector privado les vaya bien, es lógico, recaudara más. Pero en estos momentos ese interés deberá ser postergado porque no se puede interrumpir por mucho más tiempo la salud del ciclo productivo del comercio. De ahí la necesidad de medidas que aunque deban ser modificadas con el transcurrir de los días, demuestra que las autoridades acompañan al sector productivo evitando el mayor daño posible. Tomar la iniciativa contagia confianza. 

Quienes están a cargo del gobierno deberían implementar planes de crisis extraordinarios a través de la subsecretaria de trabajo u órgano con competencia en la materia, que sirva como mediador ante las tensiones que se generan entre  el sector empresario y de los trabajadores. Imponer a las empresas sanciones en este escenario por despedir empleados cuando todo el circuito económico está paralizado, no solo genera costos  sino una cantidad inusitada de conflictos cuyos resultados son impredecibles.[6]

 Con este panorama sería recomendable establecer un gráfico con los principales sectores afectados por la crisis, para que facilite la adopción de medidas preventivas. A modo de ejemplo se comparte el siguiente, tomado de la sección 5 días del diario el País de España:[7] 





                 Quienes se encuentran al frente de una PYME deberían sopesar que las decisiones desde la esfera pública  pueden tardar en implementarse.  Mientras ello  ocurra las empresas deberán diseñar y ensamblar planes de gestión de crisis que aseguren  liquidez suficiente, disminuyendo costos y dejando de  lado cualquier planificación prevista.
          
              El asesoramiento profesional se vuelve indispensable en este contexto a fin de evitar decisiones que agraven la situación exponiendo la empresa a la cesación de pagos o profundas dificultades económicas de carácter general. Esto es que la iliquidez dejo de ser transitoria para ser permanente.  
                                                   

                                                          III- PALABRAS FINALES                                      



La peor decisión del Estado y de las Cámaras que aglutinan a  pymes es permanecer invulnerables a la realidad económica. Adviértase que España ha solicitado en estos días un plan Marshall a la europea, esto es, la emisión de eurobonos. Es una salida de ingeniería financiera, donde conseguir financiación e instrumentar medidas para prevenir crisis, son procesos ensamblados.

Deben adoptarse herramientas que faciliten de inmediato la liquidez en las empresas. Si no lo hace el gobierno nacional o provincial que las medidas las adopte en primer lugar el Estado municipal, con los agentes económicos locales.

No se sabe si el paquete de medidas dispuestas por los gobiernos, llegara a los montos que originariamente se informan. Pero el solo hecho que las máximas autoridades tomen la iniciativa al intuir la dimensión del problema, es un importante paso para brindar confianza.

¿No hay financiación posible? ¿No pueden emitirse bonos por el contexto económico? Deberá buscarse alternativas financieras, para eso tienen especialistas a quien recurrir. No debería descartarse en este escenario la emisión de criptomonedas.  EE.UU. analiza entre las propuestas económicas para salvar la economía, la creación de un  el dólar digital y billeteras de dólares digitales.[8]

Hay crisis, es hora de innovar. El mensaje es claro, retrasar costos no es suficiente, pero funciona como paliativo durante la cuarentena. La historia enseña que sin victoria de esfuerzos coordinados, no habrá supervivencia posible.























1]      AFP “La pandemia puede costar U$S 250.000 millones al transporte aéreo” https://www.estrategiaynegocios.net/ del 24/3/2020
[2]   Álvaro Marín Hoyos: “Como recuperar su empresa, el método C” pág., 48 y ss. Ed. Norma, Colombia 2002

[3] Texto de Érica Olavarría:”En Francia no es momento de ahorrar en presupuesto” 18/3/2020 www.france24.com
[4]“Alemania aprueba un contundente plan económico contra las consecuencias del coronavirus” en www.m.dw.com 23.3.20
[5] “EE.UU prepara el paquete de ayuda más grande de su historia” https://www.telam.com.ar/ del 25.03.20
[6] En Argentina se sanciono el Decreto 34/2019 donde  se dispone que durante el plazo de vigencia del decreto (180 días), en caso de despido sin justa causa, el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad con la legislación vigente, comprendiendo dicha duplicación la totalidad de los rubros indemnizatorios originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo. Se aclara, por otra parte, que estas disposiciones no resultarán aplicables a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia.
[7] “Guía sobre la recesión que viene…”Diario el País, sección 5 días  https://cincodias.elpais.com/  23.3.20 
[8] “El paquete de estimulo de EE.UU por el coronavirus crea el dólar digital” en www.forbesargentina.com del 24/3/20.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

INFLACIÓN Y HONORARIOS DEL SÍNDICO EN EL CONCURSO PREVENTIVO

INFLACIÓN Y HONORARIOS DEL SÍNDICO EN EL CONCURSO PREVENTIVO Trabajo centrado en la ausencia del impacto de la inflación en las regulaciones a los síndicos, de lo cual resulta un grave perjuicio crediticio. Se analizan para ello pautas ya elaboradas por la jurisprudencia y, en particular, aspectos socioeconómicos de la Constitución Nacional vulnerados. -------------------------------- Fuente: Publicado originariamente en DSE Nº XXXI (Doctrina Societaria y Concursal Errepar) Setiembre de 2019 -  Cita digital: EOLDC100080A I - CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LOS HONORARIOS Los honorarios, expresado en plural, son el importe de los servicios de algunas profesiones liberales. Equivalen a la paga o el sueldo que percibe una persona que ejerce su profesión de manera independiente (y no bajo relación de dependencia) (1) . El síndico, por exigencia de la ley concursal, es un profesional contador público, que debe cumplir con determinados requisitos para desempeñar su función técnica especial

RECURSO EXTRAORDINARIO: Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia s/quiebra. Incidente de verificación de crédito por LAR y otros

  La Corte Suprema de Justicia de la Nación decide por mayoría, que los privilegios crediticios en el marco de una quiebra no pueden ser afectados por las condiciones particulares del acreedor. Noviembre de 2018 La decisión fue adoptada por los jueces Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti en la causa M.B.L., en la que se reclamó un privilegio crediticio en el marco de una quiebra. El crédito en cuestión se originó en una condena en un juicio por mala praxis contra un médico, la Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia y La Fortuna S.A. Argentina de Seguros Generales. M.B.L. resultó con una incapacidad al momento de su nacimiento. En paralelo al proceso por daños y perjuicios, la mencionada Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia se presentó en concurso preventivo y, finalmente, se declaró su quiebra. En ese contexto, los padres de la menor promovieron un incidente para verificar el crédito proveniente de la referida indemnización, con pr

ALGUNOS ASPECTOS DE LA PRESCRIPCIÓN LIBERATORIA EN LA QUIEBRA

  La importancia de la prescripción liberatoria en la quiebra es analizada a lo largo de esta entrega. Nota:  Trabajo publicado originariamente en Doctrina Societaria Concursal  ed. Errepar – Tomo XXVI - agosto 2014 Cita digital: EOLDC090418A I - LINEAMIENTOS GENERALES Y PARTICULARES DEL INSTITUTO La prescripción es una institución de orden público creada para dar estabilidad y firmeza a los negocios, disipar incertidumbres y poner fin a la indecisión de los derechos; es un instrumento de seguridad que impide que los conflictos humanos se mantengan indefinidamente latentes. (1) La prescripción es un medio legal de extinción de los derechos por la inacción de su titular o su no ejercicio por el titular durante el tiempo establecido por el derecho objetivo. Su consecuencia jurídica no se reduce a extinguir una pretensión accionable o demandable del titular de ese derecho, sino que extingue el derecho y no solo la pretensión o acción. El instituto de la prescripción libera