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domingo, 17 de noviembre de 2024

La influencia de las políticas públicas en la economía del comportamiento y la insolvencia

 

 

1.Introducción

La relación entre las políticas públicas, la economía del comportamiento y la insolvencia es un tema de vital importancia en el análisis económico contemporáneo. La percepción que tienen los ciudadanos sobre la economía, influenciada por factores como la inflación y las quiebras empresariales, afecta directamente sus decisiones de inversión y consumo, repercutiendo en la estabilidad económica general.

Este artículo explora ciertos aspectos de cómo las políticas públicas y la importancia de mantener registros detallados de quiebras permitirían diseñar intervenciones más efectivas. A través del entendimiento de la economía del comportamiento, se pueden anticipar las reacciones del público y ajustar las estrategias gubernamentales para fomentar la resiliencia económica y el bienestar social.

 

2.Inflación y políticas públicas

La inflación[i]  es el aumento generalizado de los precios de bienes y servicios en una economía durante un período de tiempo. Este fenómeno puede tener un impacto significativo en la insolvencia patrimonial, incluso en una economía en crecimiento. ¿Por qué? La inflación puede crear un ciclo en el que el aumento de precios disminuye el poder adquisitivo, lo que a su vez puede llevar a mayores niveles de insolvencia tanto para hogares como para empresas. Las personas y las empresas se encuentran en una situación en la que sus ingresos no son suficientes para cubrir sus gastos crecientes, aumentando el riesgo de impagos y quiebras.

A medida que los precios suben, el poder adquisitivo de los consumidores disminuye. Este efecto es especialmente grave para aquellos con ingresos fijos o bajos, ya que repercute en los costos de vida. Gastos esenciales como alimentos, vivienda, transporte y servicios públicos se vuelven más caros, lo que puede llevar a las familias a un punto en el que sus ingresos no sean suficientes para cubrir sus necesidades básicas. En muchos casos, recurren a la financiación con tarjetas de crédito, lo que, al entrar en una espiral de deuda, acumula más pasivo y tiene consecuencias negativas para el patrimonio familiar.

 

Con la inflación, el valor real de los ahorros se erosiona. Las personas que dependen de sus ahorros para gastos futuros pueden descubrir que su dinero no vale tanto como esperaban. Al mismo tiempo, los niveles de deuda pueden aumentar si los ingresos no suben al mismo ritmo que los precios, lo que dificulta la capacidad de pagar. En tiempos inflacionarios, los precios suben por el ascensor y los salarios por la escalera.

¿El patrimonio de las empresas sufre las mismas consecuencias que el de los consumidores en contextos inflacionarios? Las empresas también sienten los efectos de la inflación. Los costos de producción aumentan, lo que puede llevar a subir los precios de los productos. Si los consumidores no pueden pagar estos precios más altos, las ventas pueden caer, poniendo en riesgo la solvencia de los negocios.

En esta fase, los gobiernos utilizan herramientas como las tasas de interés y la oferta monetaria para controlar la inflación. Esto encarece el crédito para los consumidores y las empresas, dificultando la financiación y el manejo de deudas. De esta forma, el circuito de la inversión y los negocios se ve alterado, con efectos negativos para todos los eslabones de la cadena. Estas condiciones pueden llevar a un aumento en las quiebras empresariales, ya que las compañías con dificultades para acceder a crédito o cumplir con sus obligaciones financieras pueden llegar a la insolvencia.

Así, las políticas públicas,[ii]  que incluyen medidas fiscales, de comercio y monetarias, no deben perder de vista el impacto que tienen en la realidad económica, especialmente en la viabilidad y estabilidad de las empresas y consumidores. Un enfoque equilibrado y considerado en la implementación de estas políticas puede ayudar a prevenir un aumento en los casos de quiebra, asegurando un entorno económico más estable y sostenible.

               Se resalta que las políticas públicas tienen una incidencia directa en el aumento de la inflación. Incluso en una economía en crecimiento con una inflación más moderada, la acumulación de años de aumentos en los costos continúa representando un desafío para los presupuestos de consumidores, hogares y empresas. Pero ¿por qué sería importante que un gobierno mantenga y analice registros de quiebras en el contexto de tomar decisiones políticas que protejan el interés público?

 

 3. Relación entre políticas públicas,  insolvencias y economía del comportamiento

   Para los gobiernos, mantener y analizar registros de solicitudes de quiebra es crucial por varias razones relacionadas con la administración de justicia. Los registros de quiebras proporcionan una visión clara de la salud económica de un país. Un aumento en las quiebras puede indicar problemas económicos, mientras que una disminución puede señalar una mejora en las condiciones financieras. Las quiebras están estrechamente relacionadas con la salud de la economía, y esto es de interés público porque impacta las medidas de políticas públicas.

Una atenta lectura de la información sobre quiebras registradas por tribunales ayuda a los gobiernos a diseñar e implementar políticas públicas adecuadas o, en su caso, a corregirlas. Por ejemplo, si se observa un incremento significativo en quiebras empresariales, el gobierno puede intervenir con medidas de apoyo económico o cambios en la legislación para ayudar a las empresas en dificultades. Es importante que estas medidas se implementen de manera oportuna, de ahí que el observatorio sobre el registro de quiebras debe ser permanente y gestionado por las autoridades gubernamentales.

Mantener registros accesibles y transparentes aumenta la confianza de los inversores y la población en las instituciones financieras y judiciales del país. La transparencia en estos procesos ayuda a asegurar que los acreedores y deudores sean tratados de manera justa. La transparencia y la inversión facilitan todo tipo de desarrollo económico.[iii]

             En este contexto, ante amenazas o daños imprevistos como la Dana en España, el gobierno tiene la responsabilidad de asistir a los damnificados de manera inmediata. Esto podría lograrse implementando no solo programas de asistencia crediticia, sino también programas especiales de reestructuración inmediata. Estos programas son esenciales para proporcionar a las personas y empresas afectadas las herramientas necesarias para recuperar la estabilidad financiera y reintegrarse plenamente en la economía, mitigando así el impacto a largo plazo y fomentando la resiliencia económica. Es fundamental generar confianza.[iv]

¿Cómo pueden las diferencias entre las percepciones económicas de los ciudadanos y las políticas implementadas por el gobierno, influir en la efectividad de la respuesta gubernamental ?

                El Wall Street Journal,[v]  publicó un informe de la Oficina Administrativa de los Tribunales de los Estados Unidos, en el que se informa que las solicitudes de quiebra personal y comercial aumentaron un 16,2 % en el período de doce meses que finalizó el 30 de septiembre de 2024, en comparación con el año anterior. Las solicitudes de quiebra de empresas aumentaron un 33,5 %, de 17.051 a 22.762 en el año que finalizó el 30 de septiembre de 2024. Las solicitudes de quiebra no comerciales aumentaron un 15,5 %, de 416.607 a 481.350 en el mismo período.

                  ¿A qué lleva este análisis? La percepción de una mayor inflación pudo haber influido significativamente en los resultados de las elecciones en EE.UU. de semanas atrás. La inflación afecta directamente el costo de vida, lo que puede generar insatisfacción entre los votantes. Cuando los precios de bienes y servicios esenciales, como alimentos, vivienda y combustible, aumentan, los ciudadanos pueden sentirse económicamente inseguros y buscar un cambio en el liderazgo que prometa soluciones efectivas para su economía.

Sin duda, la economía del comportamiento es imprescindible en tiempos inflacionarios, ya que estudia cómo las percepciones y comportamientos de las personas afectan sus decisiones económicas y cómo estas, a su vez, influyen en la economía en general.[vi]   En el caso de los registros de quiebras publicados y la percepción de la inflación, se pueden comprender mejor ciertos aspectos económicos.

En primer lugar, la manera en que las personas perciben la economía, como un aumento en las quiebras o una alta inflación, afecta su confianza y comportamiento económico. Esto puede llevar a una disminución en la inversión y el consumo, lo que puede agravar la situación.[vii]  En segundo lugar, si los responsables de políticas tuvieran en cuenta estos comportamientos y percepciones al diseñar sus políticas, podrían implementar medidas más efectivas para mejorar la confianza pública y estabilizar la economía.

Entender la economía del comportamiento puede ayudar a los gobiernos a anticipar las reacciones de las personas y las empresas ante diferentes políticas. Esto les permite diseñar estrategias más adecuadas para mantener la estabilidad económica y el bienestar social, ya que esto es lo que realmente interesa al interés público.

 

4.Conclusión

Las políticas públicas pueden integrar técnicas de "nudging" (impulso) para orientar el comportamiento de las personas sin imponer restricciones directas. Por ejemplo, el establecimiento de incentivos fiscales que promuevan la inversión empresarial puede contribuir a evitar insolvencias durante tiempos de incertidumbre económica o inflación. Asimismo, la retroalimentación basada en el análisis del comportamiento económico permite evaluar y ajustar las políticas de manera continua, mejorando su efectividad.

Llevar registros detallados de quiebras en todas las jurisdicciones del país es esencial para la formulación de políticas públicas efectivas y basadas en el comportamiento económico real. Estos datos permiten al gobierno monitorear y evaluar la situación económica, identificar tendencias y diseñar intervenciones proactivas ante crisis o estragos graves con alto impacto en la sociedad.

Sin duda, estos registros y su adecuada comunicación pueden aumentar la confianza pública, mejorando la percepción de la estabilidad económica y fomentando comportamientos más positivos por parte de ciudadanos y empresas. La ley de quiebras es una herramienta esencial de toda política económica, ya que proporciona un marco legal para manejar la insolvencia, proteger a los acreedores y ofrecer un camino hacia la reestructuración y recuperación de las empresas afectadas. En última instancia, estas prácticas contribuyen a desarrollar estrategias de resiliencia económica que fortalecen la capacidad de respuesta del gobierno ante crisis inesperadas y promueven una economía más estable y sostenible.

 

 

Carlos Alberto Ferro

carlosalbertoferro@uda.edu.ar

Noviembre 2024

 

 

 

 

 

 

 

 



[i] Los interesados sobre otros aspectos de la inflación e insolvencia, pueden consultar del autor, el trabajo: “Inflación e hiperinflación, factores económicos que potencian la vulnerabilidad de la empresa” en el perfil de linkedin octubre 2023.  

[ii]  Desde el punto de vista analizado, la política y la administración pública están intrínsecamente relacionadas, ya que ambas trabajan en conjunto para resolver problemas y satisfacer las necesidades de la sociedad. Lorenzo von Stein, uno de los precursores de la ciencia de la Administración Pública en Alemania, en su obra “La teoría de la administración de 1865”, ofrece una contribución importante para el entendimiento de este objeto de estudio: la Administración Pública “…es la actividad del Estado, que tiene lugar mediante los órganos estatales y constituye, por tanto, la vida propiamente exterior del Estado es lo que se llama administración del Estado” Caldera Ortega, A. R. (2012). De la administración pública a las políticas públicas: ensayos desde las ciencias política: ( ed.). México D. F, Mexico: Editorial Miguel Ángel Porrúa. Recuperado de https://elibro.net

[iii] Con datos históricos de quiebras, los gobiernos pueden realizar análisis para identificar patrones y causas comunes de insolvencia. Esto les permite desarrollar estrategias preventivas para evitar futuros aumentos en las quiebras o modificar la legislación para adaptarse a la realidad económica y facilitar el flujo de negocios.

[iv] López, D. (2024, noviembre 12). Cómo una empresa puede esquivar el concurso de acreedores tras crisis como la dana. El País. Recuperado de https://elpais.com

[v] James Freeman, 8.11.24 “What inflation does?” https://www.wsj.com/ según el análisis, durante más de una década, el total de solicitudes disminuyó de manera constante, desde un máximo de casi 1,6 millones en septiembre de 2010 hasta un mínimo de 380.634 en junio de 2022. Desde entonces, el total de solicitudes ha aumentado cada trimestre.

[vi] Los interesados pueden consultar, entre otras obras, las siguientes: Grant, A. (2016). Originals: How non-conformists move the world. Viking. Schwartz, B. (2004). The paradox of choice: Why more is less. HarperCollins Publishers

[vii]  El Premio Nobel de Economía 2024 fue otorgado a Daron Acemoglu, Simon Johnson y James A. Robinson por sus estudios sobre cómo se forman las instituciones y cómo afectan la prosperidad. Uno de los libros más destacados de estos autores es "Why Nations Fail: The Origins of Power, Prosperity, and Poverty “ versión en español,  "Por qué fracasan los países: Los orígenes del poder, la prosperidad y la pobreza", publicado por la editorial Deusto y de recomendable lectura. 

lunes, 20 de noviembre de 2023

ERROR DE GESTIÓN o FRAUDE ANTE LA INSOLVENCIA: ¿ES JUSTA LA PROTECCIÓN DE LA LEY CONCURSAL EN AMBOS CASOS?


 

1. El sobreendeudamiento, un problema de educación financiera.

El periodismo de negocios se refiere a “Maquillar las deudas” como una expresión de moda en ámbitos legales de España.[i] Se trata de insolvencia aparente porque consiste en organizar el patrimonio de una persona humana o empresa, de forma que, parezca que está en serias dificultades económicas, con rasgos de iliquidez pronunciada, pero no es real, no lo está.

El engaño es falsedad. Se aparenta determinada situación para obtener un beneficio. Hay planificación obscena para defraudar. ¿Puede la ley concursal amparar este abuso? ¿Cuál es el castigo apropiado para delitos económicos?

Se puede usar el procedimiento legal para lograr protección del patrimonio y reestructuración de las deudas. Pero esa opción, requiere sinceridad, en otras palabras, buena fe. Se trata de un reconocimiento judicial a la imposibilidad de pago por diversas circunstancias, algunas endógenas (enfermedad, mala decisión) otras exógenas (inflación, hiperinflación, recesión), o una mezcla de ellas. Los acreedores no tienen que sufrir las consecuencias de una conducta que puede ser criminal o culpable.

La igualdad ante la ley es un principio jurídico básico de cualquier Estado de derecho. Pero sin adentrarnos en cuestiones filosóficas, que exceden el marco concursal abordado, lo que se cuestiona es sí este principio, resulta aplicable por igual al deudor de buena fe como al de mala fe. La igualdad ante la ley supone la no discriminación en cualquier proceso legal. Si a quién comete un delito se lo juzga por su acción u omisión ¿No debería el derecho concursal actuar con la misma vara? ¿No comete un delito quien utiliza abusivamente la figura del concurso preventivo ante la insolvencia aparente, perjudicando a sus acreedores?

No hay medios suficientes para probar si la persona que solicita la protección de la ley concursal atraviesa una situación de insolvencia real o aparente. Quizás existen dudas, pero no al iniciarse el camino, sino que estas se confirman cuando se recorre. Esto es, con fuertes indicios propios de la investigación que realice el tribunal y demás actores de estos procesos. Por ejemplo, en Argentina cuando el síndico presenta el informe general[ii] donde indica una radiografía de la situación patrimonial, estado de activos y pasivos y posibilidad de iniciar acciones de recomposición patrimonial o responsabilidad.

Argentina atraviesa una severa crisis económica, con una inflación del 142% anual, donde los concursos de personas físicas abundan. El sistema es proclive al consumo sin formación financiera. Pero, al fin de cuentas, el sistema judicial también permite estos abusos. Al eliminarse la calificación de conducta en la quiebra, y dejar a la justicia penal estas cuestiones, los abusos económicos se incrementaron. Hay impunidad para el endeudamiento crónico. Un sujeto piensa: me endeudo, no pago y luego un proceso para pedir disculpas, entre el llanto de los acreedores con otros aditamentos, como sucede en un entorno inflacionario que hace su trabajo de licuación de créditos. Los fraudes financieros causan un daño real, por lo que se necesita la amenaza y la realidad de la pena de prisión para disuadir y reeducar en ciertos casos.

 

2.                  La conducta consciente o inconsciente del endeudamiento

 

La catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad Rey Juan Carlos, María Enciso Alonso-Muñumer,[iii] expuso en una mesa redonda la preocupación, de buena parte de los círculos jurídicos concursales: “Es difícil la fiscalización de la buena fe de los deudores.” El control de activos y de la conducta del deudor se vuelven imprescindibles para comprobar el grado de consciencia o inconsciencia del endeudamiento.

Los jueces no pueden comprender ni saber lo que el deudor sí sabe de sus deudas. Si pone la vara alta y no abre el concurso de cualquiera que se presente, puede que proteja la “buena fe”, pero no cumple con los objetivos de la ley.  Puede también que un acreedor se oponga a la presentación en concurso de su deudor, al indicar al juez, que el deudor no está en insolvencia, y ante la duda, el magistrado le hace caso y rechaza el concurso. Entonces, todo será una utopía y los males económicos del sujeto cuyo concurso le fue rechazado, se van a acumular con mayor virulencia afectando toda la cadena de pagos.

Sam Bankman-Fried[iv] admitió errores en la gestión de FTX, pero niega que cometiera fraude. Lógico es que los abogados recomienden a sus clientes en Estados Unidos que no declaren en los juicios penales contra ellos. Por lo que nadie acusado de fraude, va a admitirlo. Detrás de los errores de gestión o descontrol, puede haber culpa, negligencia y hasta dolo eventual, pero no fraude. El joven otrora rey de las cripto, tomo una decisión riesgosa y en el juicio que se llevaba en su contra por diversos cargos de fraudes, testificó contra él. El resultado fue que el juzgado lo condenó en los primeros días de noviembre a varios años de cárcel.

 

 Muchos clientes de FTX salieron perjudicados cuando su dinero se evaporó. El acusado solo pensaba en construir “el mejor producto del mercado”, no lo consiguió. Para los inversores y ahorristas la pérdida de sus valores obedece al fraude consciente de Sam Bankman-Fried. Para éste, se trató de uno o varios errores de gestión. ¿Cuál es la diferencia entre error y fraude? La intencionalidad. Valoración que no puede descubrirse en un hecho jurídico aislado, como cuando se confiesa la imposibilidad de pagar ante un juez, sino en varios, extendidos en el tiempo, regulares con característica de permanencia, como la cesación de pagos misma. No se trata de volumen de deudas (daño crediticio) sino como se llegó al mismo o la forma en que se contrajeron esos pasivos.

El que mejores condiciones estará de arribar a esa conclusión no es en primer lugar el magistrado, sino el síndico o administrador concursal, que realiza el control de gestión operativa en la administración del patrimonio del deudor. En síntesis, es quien desmenuza la evolución histórica patrimonial del sujeto concursado. A los fiscales de la órbita penal también les correspondería el desafío. Esto claro está, siempre que la legislación concursal habilite estas intervenciones, caso contrario el fraude se potenciará.

¿Se puede advertir en una empresa esta situación gravosa? Será crucial para lograrlo una prevención eficiente de un equipo de gestión de riesgo. Porque no tenerlo o bien, que éste no cumpla las funciones delegadas, puede potenciar la intencionalidad de hacer daño, esto es, de defraudar. Los errores de gestión al contrario del fraude son involuntarios, resultado de una falta de información, inadecuada percepción de la realidad o juicio por parte de gerentes y otros responsables.

Son los indicios que se despliegan en el tiempo, los que permitirán inferir si la conducta del deudor obedece a un error propio de gestión o fraude (intención de engañar u obtener una ventaja con astucia o artimaña maliciosa). En un pronunciamiento judicial reciente se reconoció que el “sobreendeudamiento del consumidor” tiene su tutela en la Constitución Argentina. El sobreendeudamiento es la manifiesta imposibilidad para el consumidor de buena fe de hacer frente al conjunto de deudas exigibles.[v]

El sobreendeudamiento demuestra por sí, el presupuesto objetivo de todo concurso: la cesación de pagos. El deudor[vi] que confiesa tal situación de impotencia patrimonial, la acredita y está relevado de probarla por otros medios. El endeudamiento insostenible es un hecho revelador de la cesación de pagos. ¿Pero, ese sobreendeudamiento es de buena fe o mala fe? ¿Por qué no utilizó la salida concursal en tiempo oportuno? ¿Se endeudaba el deudor a sabiendas que su situación patrimonial era comprometedora?

 Quienes sostienen estas posturas, responsabilizan a la mala política económica del gobierno de turno, que lleva a muchos al sobreendeudamiento. En definitiva, este es inducido, no voluntario. Por otro lado, y ante el avance de esta situación mezcla de psicología e insolvencia, la insuficiencia patrimonial del deudor para hacer frente a sus obligaciones no requiere que se encuentre en mora. ¿Qué significa esto?

Basta el indicio de una crítica situación económica-financiera de sobreendeudamiento que puede afectar tanto su integridad personal, como la de su grupo familiar; situación ésta que torna aplicable el principio protectorio al que aludía la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina[vii]para la apertura del proceso concursal. Las variables económicas imponen nuevas interpretaciones de conceptos jurídicos. Aparece el dogma de que el consumidor es rehén de las fuerzas económicas, porque la economía coloca a ciertos sujetos en condiciones de hipervulnerabilidad. Esto es, un factor externo excluyente que lleva al endeudamiento crónico, profundamente analizado por la llamada economía de la manipulación.[viii]

Así la insolvencia inminente, probable o futura es un presupuesto objetivo,  para la apertura de un concurso preventivo, siempre. Profundiza esta situación la condición de fragilidad económica del sujeto peticionante que cae incauto en las trampas del mercado.  El pánico disciplina. Que el sobreendeudamiento sea consciente o inconsciente, demarcará otro factor para determinar en su caso si corresponde subsumirlo en algún tipo penal o no.

 

3.            3.      Gestión errónea o endeudamiento crítico en tiempos de startups y fintech.

 

         Las startups y fintech, que se caracterizan por aprovechar la tecnología para dar mejores servicios financieros, a un menor costo y llegando a más gente,  presentan un gran dilema para la legislación concursal. La tecnología de las finanzas descentralizadas, tokens, criptomonedas y activos digitales altamente volátiles, socaban el fundamento de la insolvencia tal como se venía desarrollando durante el siglo XX y parte del siglo XXI. Resolver un problema inusual requiere una solución inusual y el riesgo tecnológico lo exige.

Las legislaciones concursales y financieras deben disponer de otros parámetros de interpretación en varios institutos de sus respectivas normas. Días atrás, un centenar de inversores, de mayoría argentina, presentaron una denuncia en la Justicia de España contra dos empresas del grupo Wenance, luego de la suspensión de pagos que la fintech llevó adelante en julio de este año. Una contra la firma Wenance Lending de España S.A. y otra contra Abuntia Services S.L., las cuales tenían sede en la capital española.[ix] La firma Wenance enfrenta cargos penales en diferentes causas, alguna de ellas por el cobro de cuotas irregulares de personas que tomaron créditos con la firma.

Wenance solicitó su concurso preventivo en un tribunal de Argentina. En primera instancia le fue rechazado, porque no se puede determinar si se trata de una entidad financiera o un proveedor de crédito no financiero, basta decir que Wenance no realiza intermediación financiera, por lo que no requiere de autorización del BCRA[x] ni le es aplicable la Ley de Entidades Financieras (L.E.F.). Gran paradoja: ¿A una fintech, se le aplica la ley de concursos Nº 24522 o de entidades financieras Nº 21.526, al momento de tratar su insolvencia?

El punto de partida como se analiza en la sentencia del caso[xi] es que las regulaciones dictadas por el BCRA a las que están sometidas las empresas “Fintech” en Argentina - Comunicación A 7156- se refieren a sus operaciones y no a su patrimonio ni funcionamiento, para lo cual no están alcanzadas por una regulación específica, y, que, por ende, corresponde aplicarles el ordenamiento jurídico general, societario y concursal, dentro del cual se encuentra la Ley 24.522 y sus modificatorias de concursos y quiebras, la que en su art. 2 las incluye como sujetos concursables.

Entre medio el sobreendeudamiento que puede o no disparar cuestiones de responsabilidad penal y societarias. Hay que revisar las legislaciones concursales, en especial de origen continental. Se están quedando muy atrás frente a los cambios de las finanzas digitales y la buena o mala fe con la que se opera en este ecosistema, o, en síntesis, la tecnología y las finanzas están exigiendo mayor adecuación de la legislación en la materia.

En los primeros días de noviembre la Cámara interviniente en el caso “Wenance” ordenó la apertura del proceso concursal, revocando así la sentencia de primera instancia. Entre otras consideraciones muy importantes[xii] señaló que las cuestiones vinculadas al merecimiento de la solución concursal preventiva por parte del deudor son juicios cuya valoración queda reservada a instancias ulteriores al examen inicial al tiempo de apertura, y, por tanto, no permiten el rechazo in limine de la presentación.[xiii] En definitiva, el concurso preventivo hay que abrirlo siempre, porque los daños económicos reprimidos pueden expandirse con mayor virulencia en el circuito de los negocios.

En este dilema, resulta que la fusión de ambas regulaciones, concursal y bancaria, es una realidad de hecho. Hace 20 o 30 años atrás, cuando la sinergia entre finanzas y tecnología despertaba, esto no hubiera tenido razón de estudio, porque las aguas estaban bien separadas y definidas. Pero hoy, cuando quiebran plataformas crypto (FTX), las fintech atraviesan situaciones de iliquidez (Wenance)  y los bancos expuestos a activos digitales quiebran (SVB y FIRST REPUBLIC en EE.UU) la cuestión de la insolvencia toma otros ribetes frente a la amenaza tecnológica: ¿Mala gestión que provoca la insolvencia o fraude como actividad ilícita,  para infracapitalizar un patrimonio y provocar daño crediticio ?

 

4.                4.  La disrupción tecnológica con avidez especial por el riesgo lleva a un sobreendeudamiento crítico

 

   Como reflexión final, no hay dudas de que la mala educación financiera y la disrupción tecnológica con avidez especial por el riesgo, lleva a un sobreendeudamiento crítico de ciertos sujetos. Por otro lado, los jueces no pueden hacer valoraciones tempranas sobre la conveniencia o no de otorgar a quién lo solicita,   la posibilidad de acceder al proceso concursal.[xiv] Si hay o no elementos penales que puedan configurar algún tipo de delito, o mala fe,  se verá en el camino.  

Si hay mala gestión que provoca insolvencia o fraude, que infracapitalizó un patrimonio con evidente daño a los acreedores, son cuestiones que solo el tiempo de un riguroso análisis técnico penal-económico podrá dilucidar, pero que, en un primer momento, no podrá aparecer como indudable. Así como la levadura necesita tiempo para activarse, el fraude, también para ser reconocido como tal.

 Está en la propia esencia de la insolvencia, encontrar vestigios de mala gestión de costos, elevado gasto innecesario, alto volumen de deuda y nula percepción de un cambio en el ciclo de los negocios y hasta quizás, el curso del dinero que le ha dado a los directivos, una percepción errónea de la verdadera naturaleza de las operaciones comerciales. Pero para arribar a ello, primero hay que reconocerla judicialmente y abrir el proceso con todos los efectos que conlleva.

Solo con un minucioso estudio de la situación, en este caso patrimonial, y las conductas que derivaron en ese estado económico puede ser advertido. Siempre hay conexiones en cadena, algunas evidentes, otras ocultas, pero es dentro del marco legal de aplicación donde deben ser descubiertas. A la vez, si esa legislación es demasiada laxa, o blanda, termina por erosionar la confianza y por lo tanto el crédito, que es la base de toda transacción comercial esencial en el circuito de los negocios y la inversión. En síntesis, la falsa insolvencia tiene un comportamiento similar a la falsa reseña en internet, un problema de difícil regulación y control, por lo menos en una etapa inicial.

 

   Carlos Alberto Ferro

Mendoza, noviembre de 2023

 

 

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[i] José Miguel Barjola “La picaresca de maquillar las deudas…”https://elpais.com/ 8.10.2023

[ii] Art. 39 Ley de Concursos y Quiebras Nº 24522

[iii] Citada por José Miguel Barjola ob., cit.,

[iv] Bankman-Fried, de 31 años, tuvo una caída estrepitosa, desde su apogeo como el benefactor y multimillonario joven rey de las criptomonedas con su plataforma FTX, hasta su detención en Bahamas y extradición a Estados Unidos en diciembre pasado. Miguel Jiménez, “Sam Bankman-Fried admite errores.”

[v] https://www.justiciasalta.gov.ar/

[vi] En el caso citado, de los tribunales de la Provincia de Salta, al momento de presentar su pedido de quiebra voluntaria el hombre argumentó adeudar dos millones de pesos al banco cuyo cumplimiento le consume el 56 por ciento del total del sueldo que percibe y el saldo restante lo consumen los vencimientos de la tarjeta de crédito. Y para afrontar este desequilibrio sigue tomando nuevos créditos lo que hace que el endeudamiento sea insostenible. https://www.justiciasalta.gov.ar

[vii] https://www.justiciasalta.gov.ar

[viii] George A. Akerlof y Robert Shiller, “La Economía de la manipulación” Paidós empresa, Argentina 2016

[ix] Son dos entidades financieras que ofrecían préstamos y financiación a personas con difícil acceso a crédito y alto riesgo crediticio, con intereses superiores a los que otorgan los bancos. Para ello, obtenían fondos de inversores privados, personas físicas en su mayoría, que a la vez prestaban dinero a estas sociedades a cambio de intereses de retorno elevados, que oscilaban entre el 11% y el 18%. Fuente: Mariano Vidal, “Caso Wenance…” 28.10.2023 https://www.clarin.com/

[x] Banco Central de la República Argentina

[xi] SI – 26132 – 2023 – WENANCE SA S/ CONCURSO PREVENTIVO(GRANDE)

[xii] Los interesados pueden consultar el fallo completo en el blog: https://derechoinsolvencia.blogspot.com/

[xiii] Primera Cámara Civil y Comercial de San Isidro:  "WENANCE S.A S/ CONCURSO PREVENTIVO (GRANDE)" causa nº SI-26132-2023 7.11.2023

[xiv] Estos ingredientes recién podrán ser advertidos con en el devenir del proceso, por eso los procesos de reestructuración de deudas, de intrínseca naturaleza económica deben abrirse siempre. La impotencia de un patrimonio para dar cumplimiento a sus obligaciones se revela a través de hechos, cuya prueba ha de sustentarse generalmente, sobre la base de elementos indiciarios ya que no es indispensable y, de hecho, será excepcional, la prueba directa, siempre que se den como fundamento presunciones, aunque sean simples, que, si son graves, precisas y concordantes, sirven para formar convicción sobre el extremo requerido.(Fallo “Wenance” citado”)

Imagen de portada creada con tecnología DALL E 3

 


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