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Mostrando las entradas de marzo, 2022

RECURSO EXTRAORDINARIO JUICIO ORDINARIO EJECUCIÓN DE SENTENCIA CONCURSO INOPONIBILIDAD DE SUBASTA BASE REGULATORIA DE HONORARIOS

  En Mendoza, a nueve días del mes de febrero del año dos mil veintidós, reunida la Sala Primera de la Excma. Suprema Corte de Justicia, tomó en consideración para dictar sentencia definitiva la causa  n° 13-04274227-3/2 (010302-54611) , caratulada:  “LONGO VICTOR JOSE ADMINISTRADOR SUCESIÓN LONGO EN J° 4356529/54611 SUCESION LONGO JUAN VICTOR P/ CONCURSO PEQUEÑO P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL”- De conformidad con lo decretado a fojas 56, a fs. 57 quedó establecido el siguiente orden de estudio en la causa para el tratamiento de las cuestiones por parte de los Señores Ministros del Tribunal: primero:  DR. JULIO RAMÓN GÓMEZ;  segunda:  DRA MARÍA TERESA DAY  y tercero:  DR. PEDRO J. LLORENTE. ANTECEDENTES: A fojas  3 vta./10, por intermedio de representante, interpone Recurso Extraordinario Provincial contra la resolución dictada por la Segunda Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minas de la Primera Circunscripción Judicial a fojas 279 de los autos n° 4356529/54611

RECURSO DE QUEJA FACULTADES DE REVISIÓN DEL JUEZ CONCURSAL SOBRE DEUDA FISCAL FIRME EN SEDE ADMINISTRATIVA

  COM 1518/2007/1/1/RH1 GCBA c/ Directamoint S.A. s/ concurso preventivo. Corte Suprema de Justicia de la Nación   Buenos Aires, 16 de diciembre de 2021 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la causa GCBA c/ Directamoint S.A. s/ concurso preventivo”, para decidir sobre su procedencia. Considerando:     1°) Que en el concurso preventivo de Directamoint S.A., el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (en adelante, GCBA) inició un incidente de verificación de crédito por: a) $ 550.421,17, con carácter de privilegio general (art. 246, inc. 2°, de la ley 24.522), correspondiente al importe nominal del impuesto sobre ingresos brutos (en adelante, ISIB), que había sido determinado mediante las resoluciones 944/DGR/2006 y 3967/DGR/2006; b) $ 335.340,54, con carácter quirografario, correspondiente a intereses; y, c) $ 223.527,65, también con carácter quirografario, por multas impuestas por omisión fiscal.     2°) Que el señ