Mi agradecimiento a todo el equipo de la editorial Errepar por haber hecho posible la publicación del siguiente trabajo, publicado en Doctrina Societaria y Concursal (DSC) octubre de 2025, titulado: La acción de responsabilidad societaria en sede concursal: ¿autonomía normativa o subordinación procesal? Comentario sobre el fallo “Síndico c/PC Educación S.A.” – Cámara Segunda de Apelaciones de Mendoza. Este precedente reafirma la autonomía normativa de los regímenes societario y concursal, habilitando al síndico a ejercer acciones de responsabilidad societaria sin necesidad de contar con las mayorías previstas en la ley concursal. La Cámara encuadra con precisión la acción como acción social de responsabilidad, ejercida por el síndico (art. 278 LGS, vía art. 175 LCQ), evitando exigencias procesales improcedentes que podrían obstaculizar su función y andamiaje.. Comentario completo disponible https://www.errepar.com/

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